Derechos humanos
Los Derechos Humanos son prerrogativas que de acuerdo al derecho internacional,
tiene la persona frente al Estado para impedir que éste interfiera en el ejercicio de
ciertos derechos fundamentales, o para obtener del Estado la satisfacción de ciertas
necesidades básicas y que son inherentes a todo ser humano por el mero hecho de ser
humano. Los Derechos Humanos son un conjunto de principios, de aceptación
universal, reconocidos constitucionalmente y garantizados jurídicamente, orientados a
asegurar al ser humano su dignidad como persona, en su dimensión individual y social,
material y espiritual.
Derechos civiles y políticos
En el siglo XVIII se generan luchas encabezadas por los burgueses y ejecutadas por el
pueblo llano, tanto en Francia como en América del Norte, reflejando el descontento
ante gobiernos tiránicos.
La Revolución Francesa tiene como fruto la Declaración de Derechos del Hombre y del
Ciudadano, en Norteamérica la Declaración del buen pueblo de Virginia. En estos
primeros documentos están contenidos los derechos individuales que protegen a las
personas de los abusos de los gobiernos y ambos han inspirado la creación de
documentos signados por muchos países para la garantía de respeto a los derechos
básicos de las personas, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos
(ONU 1978). Se les conoce como derechos Civiles y Políticos, comprendidos como la
primera generación de los derechos humanos, que incluyen entre otros:
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad;
protección contra la tortura, las penas y tratos crueles, inhumanos o
degradante;
reconocimiento jurídico e igual protección ante la ley;
contra la detención, la prisión o el destierro arbitrarios;
la presunción de la inocencia hasta que se pruebe lo contrario y a un juicio
justo y público por un tribunal independiente e imparcial;
la libertad contra injerencias arbitrarias en la vida privada, la familia, el
domicilio y la correspondencia;
la libertad de circulación y de asilo;
el derecho de tener una nacionalidad;
el derecho de casarse y fundar una familia;
el derecho a la propiedad, y
la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Derechos económicos, sociales y culturales
Tiempo después las luchas sociales incluyeron necesidades que abarcaban no
solo al individuo sino a la comunidad entera y a las condiciones, garantizadas por
los gobiernos, necesarias para un desarrollo adecuado de las personas. Esto ocurrió en
el siglo XIX, cuando los obreros y campesinos comenzaron la lucha por conseguir
mejoras en las condiciones laborales y más oportunidades de desarrollo.
Las cuestiones sociales son la característica de esta segunda generación de los
derechos humanos conocido como Económicos, Sociales y Culturales; éstos están
contemplados en algunos documentos como las constituciones de Weimar (Alemania,
1919), México (1910) y la Unión Soviética. Tiempo después, en 1966, fue proclamado
el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, donde los
Estados se comprometen a crear las condiciones materiales adecuadas para que las
personas puedan vivir dignamente.
Entre otros derechos nombrados en estos documentos están:
derecho a la seguridad social;
derecho al trabajo;
Derechos de los pueblos
A raíz de las guerras por la emancipación de los pueblos colonizados por Europa y
América, quienes estaban en lucha comprenden que no es sólo el derecho de la
libertad el que ejercen, sino que se involucra el de la vida pacífica y el derecho al
desarrollo.
La llamada Tercera Generación de derechos humanos, conocida también como
derechos de Solidaridad o de los Pueblos, tratan de establecer cuestiones que no
se habían considerado específicamente en los documentos de las dos anteriores
generaciones de derechos humanos, pues contemplan cuestiones de carácter
supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.
Algunos documentos que ya tratan sobre estos temas son la Declaración sobre el
Derecho al Desarrollo adoptada por la ONU y la Carta Africana de los Derechos
Humanos y de los Pueblos, ambos de 1986, incluyen, entre otros, el derecho a:
desarrollo integral del ser humano;
progreso y desarrollo económico y social de todos los pueblos;
descolonización, prevención de discriminaciones;
mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales;
libre determinación de los pueblos (condición política, desarrollo económico,
social y cultural), y
derecho de los pueblos a ejercer soberanía plena sobre sus recursos
naturales.
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